GUÍA DOCENTE | |
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Nombre de la asignatura: | Propiedad Horizontal y Comunidad de Propietarios |
Código: | 705727 |
Titulación en la que se imparte: | Curso de Formación Superior en Administración de fincas |
Departamento y Área de Conocimiento: | Derecho Privado / Derecho Civil |
Carácter: | Obligatoria |
Créditos ECTS: | 7 |
Curso y cuatrimestre: | Tercer curso / Primer cuatrimestre |
Profesorado: | Profesor Dr. José Ignacio Rodríguez González |
Horario de tutoría: | Las tutorías se realizarán a través del Aula Virtual |
Idioma en el que se imparte: | Español |
Al ser una asignatura de tercer curso, se pretende incidir en algunos problemas relevantes sobre Propiedad Horizontal y Comunidad de Propietarios de especial actualidad en los que los alumnos puedan implicarse aplicando lo ya aprendido en cursos anteriores.
Empezaremos estudiando los Complejos Inmobiliarios que constituyen una forma especial de comunidad más compleja que ordinaria, por implicar, generalmente, a varias comunidades, pero que responde a una forma muy habitual en la actualidad de construir y que responde al término usual de “urbanizaciones” y, por tanto, tiene una importancia indudable en el régimen jurídico de la propiedad horizontal. En segundo lugar, aludiremos a los problemas prácticos sobre el nombramiento y cese del administrador de fincas, desde un punto de vista del quehacer diario de los Tribunales. También estudiaremos dos temas de gran relevancia para las Comunidades: el consentimiento tácito de la comunidad de obras que afecten a elementos comunes, de una enorme litigiosidad y, la supresión de barreras arquitectónicas en el ámbito de la propiedad horizontal, como plasmación de una tendencia que se ha ido desarrollando desde 1982, con la Ley de integración social de los minusválidos y hasta las últimas actuaciones legislativas en este ámbito, con la Ley de Discapacidad de agosto de 2011, Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad, de noviembre de 2013 y la Ley 8/2013, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas.
Por último, haremos referencia a los distintos aspectos relevantes sobre el procedimiento monitorio como vía usual de reclamar las cuotas de comunidad a los propietarios morosos. Procedimiento que, además, puede ser dirigido por el administrador de la comunidad ante los Tribunales y que nos ha sido requerido por los estudiantes en ediciones anteriores.